De esta manera, de acuerdo con información recibida por este medio, las DJAI aprobadas no requerirán SIMI y no llevarán LNA, independientemente de cuando haya sido embarcada la mercadería, respetando su fecha de vencimiento.
El despachante Juan Carlos Vernazza informó que, aunque aun no es oficial, las DJAI serian respetadas estén o no embarcados los productos, según un «comunicado via verbal» entre por personal de Secretaria y de la AFIP.
En este nuevo escenario, las DJAI aprobadas no requerirán SIMI y no llevarán LNA, independientemente de cuando haya sido embarcada la mercadería; mientras que los productos sin DJAI aprobadas llevan SIMI y LNA, en el caso de que la respectiva posición arancelaria estén incluidos en los listados dados a conocer en la Resolución 5/2015.