Tras la publicación de la Resolución SC 207/2017, el despachante Vernazza S.A. advierte sobre una serie de problemas y contradicciones que instauran un panorama complejo para importadores. En esta nota, los puntos de la norma a tener en cuenta.
Según publicó Vernazza en su Facebook, “si bien la resolución en sus considerandos denota las mejores intenciones, creemos que por errores formales y/o por la complejidad del tema, quedó instaurado un panorama muy complicado que comenzará a regir en menos de un mes.”
Entre los principales problemas detectados por el despachante se incluye el hecho de haber quedado indefinido qué tipo de control realizará el servicio aduanero, es decir que se desconoce si se abrirán productos para ver componentes e incluso se testearán en la verificación. “Recordamos que hasta hoy, según la disposición 428/2007 –quedará derogada a partir del 18 de mayo próximo–, el servicio aduanero debe taxativamente controlar: producto, marca, modelo, origen y ficha de conexión”, detalla.
En relación con los equipamientos eléctricos de uso profesional (Formularios B) advierte que no queda aclarado si podrá o no comercializarse, dado que en el mismo artículo de la resolución hay una contradicción:
…“Podrá comercializarse por medio de una declaración jurada.”
…“La declaración contendrá la expresa manifestación de que dicho producto no será comercializado”
El tercer punto controvertido tiene que ver con computadoras All in One, monitores, fuentes de alimentación y cargadores externos, que quedarían fuera de la obligatoriedad de certificación por marca: “Claramente se los excluyen en el Artículo 2 de la nueva resolución. Sin embargo, en el Artículo 14, las computadoras All in One, fuentes de alimentación y cargadores externos quedan incluidos con la obligatoriedad de certificar por marca a partir del 1ro de julio de 2018”, explicaron desde el despachante.
Por otra parte, todos los productos de baja tensión estarán obligados a tener los certificados vigentes al momento de la verificación aduanera. Desde el despachante recordaron que, hasta el momento, hay productos que no tienen la obligatoriedad de tener dicha certificación al momento de la importación; aunque sí al de su comercialización, por lo tanto, de no haber modificaciones, el 19/05/2017, productos como los enumerados aquí requerirán la certificación vigente para su liberación de Aduana, asegura: Switch, Routers, Storage Center, servidores de más de US$ 12.500 FOB; UPS entre 2KVA y 5KVA (las de más de 5KVA están excluidas); impresoras de más de 45 ppm y parlantes.
“Dar inicio al proceso de certificaciones eléctricas es ante todo muy oneroso, pero además requiere de tiempo y coordinación para poder tener los certificados vigentes en el momento preciso de la importación”, comentan desde la empresa al respecto. “Una carga que se importa hoy tiene más de 100 días previos entre diseño, fabricación y embarque”, agrega.
En este sentido, asegura que ya hay presentaciones y reclamos de Importadores, cámaras y organismos certificadores.
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