Nueva regulación a los dólares financieros: cómo afecta al mercado IT

Entró en vigencia la Resolución General 907/21 que establece límites a la operatoria de dólares financieros y limitan el pago anticipado de importaciones hasta el 31 de octubre. Las nuevas medidas anunciadas el día de ayer buscan contener la pérdida de reservas. Los principales cambios.

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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores  (CNV) oficializaron a través del Boletín Oficial las medidas anunciadas el día de ayer para evitar el «rulo» que se generaba por la brecha entre el dólar CCL y las cotizaciones libres.

La nueva medida también impacta en el mecanismo por el cual se realizan los pagos anticipados de algunas importaciones: según informó la entidad, desde junio hasta septiembre, la diferencia entre lo pagado y lo efectivamente ingresado en importaciones ascendió a US$ 1.800 millones.

La nueva norma que restringe aún más el cepo a la salida de divisas en pago de importaciones de bienes rige desde hoy hasta el 31 de octubre de 2021.

Una fuente del sector consultada por ENFASYS comentó: «Los que están pagando pagos diferidos (de mercadería ya ingresada al país) no tendrían grandes problemas, mas allá de que antes tenían que planear con 48 horas de anticipación lo que era mayor a US$ 50.000 y ahora eso bajó a US$ 10.000». Sin embargo, si advirtió que el impacto mayor tiene que ver con pagos anticipados y pagos vista.

Los cambios:

-Balanza: se redujo a US$ 250.000 el excedente de pagos versus despachos
-Se elimina la posibilidad de pagar a la vista bajo el punto 10.11.2 (Ex 2.2)
-Solo podrán pagar los diferidos. Vista solo bajo balanza.
-Se elimina la posibilidad de pagar anticipado libremente los bienes de capital.
-El aviso previo que deben informar, baja de US$ 50 mil dólares a US$ 10 mil .

1) El cupo del BCRA se restringe y el límite de US$ 1.000.000 baja a US$ 250.000, que es la diferencia permitida considerando los pagos de importaciones menos los despachos a plaza desde 1/1/2020. Se requiere nueva declaración jurada con el nuevo límite (ver nota).

2) Se suman los pagos de anticipos de bienes de capital a los pagos efectuados para calcular el cupo (antes no se sumaban). B12 y además se restringe la operatoria de pagos anticipados y vista.

3) Todos los pagos anticipados y vista van a tener que registrar el cupo en el aplicativo habilitado por el BCRA. Solo están exentos los pagos contra despachos a plaza con embarques posteriores al 1/7/2020. Los embarques anteriores a esa fecha también tienen que registrar cupo.

4) Los pagos anticipados de bienes de capital ahora también deben verificar cupo (antes estaban exentos).

5) Nueva Declaración Jurada para los pagos sin registro aduanero para provisión de medicamentos y productos relacionados hasta US$ 3.000.000

6) Todas las operaciones mayores a US$ 10.000 por cualquier concepto deben informarse 48 horas antes al BCRA (antes el límite era US$ 50.000.)

Según informó el BCRA, en junio se registraron importaciones por un valor FOB de US$ 5.600 mil millones y pagos por US$ 5.900 millones, mientras que en julio esa relación fue de US$ 5.400 millones de importaciones FOB y pagos por US$ 5.700 millones. A partir de agosto esa diferencia entre pagos efectuados y bienes ingresados se amplió: US$ 5.400 millones de ingreso de bienes contra US$ 6.200 millones de pagos cursados a través del mercado de cambio; y en septiembre, US$ 5.500 millones vs US$ 5.900 millones.