El impacto del nuevo impuesto a las importaciones

El Gobierno anunció la generalización de la aplicación del Impuesto PAIS (Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria ) a las operaciones de cambio para importaciones de bienes (7,5%), servicios (25%) y fletes (7,5%). Se aplica a todos los pagos que se quieran realizar en el futuro, más allá de que la importación en cuestión se haya efectuado o no. Qué puede esperarse en el mercado de las TICs.

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El primer punto a aclarar es que la Resolución General 5393/2023 –quedan exentos salud, educación, combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía y bienes intermedios de la canasta alimentaria– no se trata de un gravamen a las importaciones, sino a la compra de billetes para realizar esa operación.

En efecto, la norma establece que los importes a percibir se determinarán “sobre el monto total de la operatoria por la que se compren billetes y divisas en moneda extranjera, no debiendo considerarse a estos efectos, de corresponder, el importe de los servicios” que competen a la importación. Es decir que los importadores que utilicen sus propios dólares no deberán pagar dicho impuesto, aunque termine resultando más caro si se tiene en cuenta la brecha cambiaria existente de casi 100 puntos.

El impuesto lo perciben los bancos al momento en que los importadores acceden al MLC y la percepción se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.

El diario Ámbito puntualizó 6 claves a tener en cuenta:

-Se aplica un adelanto del 28,5% a bienes suntuarios y para mercaderías el porcentaje es del 7,1%.
-Se deberá adelantar el 95% de las alícuotas establecidas para bienes previo a la operación de compra de dólares para mandar al exterior.
-El pago a cuenta se calculará sobre el Valor FOB declarado en la destinación de importación y corresponde al impuesto PAIS, que se va a descontar sobre el momento que se liquide al acceder al MULC.
-La obligación de ingreso del pago a cuenta recae sobre el importador, quien deberá cumplirla al momento de la oficialización de la destinación de importación, junto con los derechos, tasas y demás tributos que graven la importación.
-A los 50 días del pago, el Banco Central (BCRA) autoriza a girar al exterior los dólares y se paga el 5% restante.
-Los servicios no deben pagar un adelanto, ya que no se importan a través de Aduana y quedan excluidas del ingreso del pago a cuenta las operaciones de importación que se registren con giro de divisas por parte de un tercero y las que ingresen a través de un prestador PSP/Courier.

Cabe aclarar que desde Economía catalogaron a este último paquete de medidas como “transitorias” teniendo en cuenta la coyuntura marcada por la sequía.